Bruselas deja la puerta abierta a que las agencias de viajes participen en el PNR
Una vez publicado en el Diario de la Unión Europea,
las autoridades nacionales dispondrán de dos años para trasladar a sus respectivas legislaciones los cambios normativos que conlleva la nueva directiva. Cuando expire dicho plazo, los Estados miembros tendrán que tener una unidad de información sobre los pasajeros, organismo que se encargará de gestionar los datos recopilados por las compañías aéreas. Se conservarán durante cinco años, pero tras un periodo inicial de seis meses estarán enmascarados, es decir, desprovistos de toda aquella información (como nombre, dirección, datos de contacto y de pago) que serviría para identificar directamente a la persona a quien corresponden.
En el caso concreto de las agencias de viajes y turoperadores,
la Eurocámara no los incluye directamente en el proceso de recopilación de datos. Sin embargo,
deja la puerta abierta para que las autoridades nacionales puedan recoger y procesar sus datos PNR, dado que también gestionan billetes de avión para sus clientes.
A priori, las nuevas reglas se aplican a los vuelos extracomunitarios, pero los Estados podrán extenderlas a los vuelos intracomunitarios, previa notificación a la Comisión Europea. En el caso de España,
el Gobierno en funciones ha avanzado que exigirá el registro a las operaciones dentro de la Unión Europea.