Critica el elevado valor que se da al precio ofertado en los vuelos
En su recurso, la Confederación hizo referencia al
elevado valor que se da al precio ofertado en los vuelos, con 50 de los 100 puntos totales. Además, criticó que para cada uno de los distintos lotes se determinan los precios máximos correspondientes a los vuelos, siendo causa de exclusión ofertar precios superiores a los determinados en el pliego.
En este sentido, puso de relieve que la fluctuación de precios es especialmente relevante en el trasporte aéreo, ya que el precio de cada billete es fijado por la compañía aérea en cada momento en función de determinadas variables que evolucionan continuamente. En este contexto, para su gerente, Mercedes Tejero, "las agencias de viajes actúan como intermediarias entre las compañías transportistas y el cliente final, por lo que
no pueden determinar un precio fijo para un billete en una determinada ruta y que, además, se mantenga invariable durante los dos próximos años de duración del contrato". Por este motivo, la Confederación considera que no se puede establecer como criterio valorativo el precio del transporte.