El coste salarial (salario base, complementos y horas extraordinarias, medidos en términos brutos) de los trabajadores de agencias de viajes y turoperadores
aumenta un 2,6% en los nueve primeros meses de 2016. Según
los datos recabados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), asciende de media a
1.853,2 euros mensuales, frente a los 1.806,5 euros alcanzados en el mismo periodo del ejercicio anterior, en el que se produjo un ascenso anual del 4,1%.
En 2013 se produjo la mayor caída de los últimos años
Se trata del segundo incremento consecutivo en el periodo analizado, tendencia que contrasta con las tasas negativas registradas en los dos años anteriores. Entre enero y septiembre de 2014 el coste salarial de los agentes se situó en 1.735,1 euros, un 0,1% menos que un año antes. La evolución fue aún más negativa en 2013, cuando se produjo un retroceso interanual del 3,4%, pasándose de los 1.798,5 euros de 2012 a 1.737,5 euros.
Mantenimiento de las tablas salariales
El incremento salarial de los dos últimos años resulta llamativo si se tiene en cuenta que, después de dos años de subidas,
las tablas salariales, recogidas en el Convenio Colectivo Laboral de Ámbito Estatal para el Sector de Agencias de Viajes, se han mantenido congeladas. En 2015
no hubo variaciones en los sueldos debido a que el anterior Convenio, con vigencia hasta 2014, no fue renovado, por lo que se procedió de forma automática a prorrogar las condiciones recogidas en el mismo.
Mientras tanto, para 2016
sí se ha acordado por Convenio un aumento del 1% del sueldo bruto con carácter retroactivo desde el 1 de enero. Sin embargo, la entrada en vigor del mismo
no se produjo hasta el 21 de noviembre de este mismo año, por lo que dicha revisión no se refleja en los datos de los nueve primeros meses. Por tanto, es previsible que en el último trimestre de 2016 se produzca un notable incremento salarial, debido a que las agencias
están obligadas a revisar al alza los sueldos antes de que concluya el año.
Tan solo aquellas empresas que acrediten encontrarse en situación de déficit o pérdidas
podrán acogerse al descuelgue salarial. Las que reúnan estos requisitos deberán solicitar dicho descuelgue a la Comisión Mixta Paritaria del Convenio antes de su aplicación.