CEOE muestra su satisfacción por el fallo de la Audiencia Nacional a favor del presidente del Consejo de Turismo de CEOE, en el recurso presentado ante la sanción dictada por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) por responsabilidad de recomendación colectiva de precios, a raíz de unas declaraciones realizadas en Fitur en 2011. La sentencia de la Audiencia Nacional, para la que no cabe posibilidad de recurso, anula así la multa de 50.000 euros impuesta al hotelero en 2012
Desvincula a CEOE
El tribunal considera que, de las declaraciones de Gaspart no puede hablarse de la existencia de una recomendación colectiva en los términos del art. 1 de la Ley 15/2007, ya que, examinada la declaración en su conjunto, "no se contiene una llamada con vocación de ser acogida por el sector". Asimismo, desvincula a CEOE, al considerar que Gaspart habló como presidente del Grupo Husa. Por su parte, CEOE está a la espera de conocer el fallo de la Audiencia Nacional con respecto al recurso que la propia organización presentó ante la sanción de 150.000 euros que le fue impuesta por la CNC por esta misma cuestión.
CNC abrió un expediente sancionador en abril de 2011 con motivo de unas declaraciones realizadas el 19 de enero de 2011 por Gaspart en el marco de Fitur. Según argumentó entonces Competencia, "ponía de manifiesto la necesidad de subir los precios de los hoteles en España en el año 2011". El consejo de la CNC consideró que estas declaraciones constituían "una recomendación colectiva al propiciar una pauta común de comportamiento entre agentes competidores, los empresarios hoteleros, consistente en incrementar el precio de sus servicios".