La Asociación Empresarial Hotelera y Turística de la Comunidad Valenciana (Hosbec), informa que la primera decisión que tendrán que tomar los establecimientos hoteleros es determinar si serán pet friendly o por el contrario, no admitirán animales de compañía.
En esta línea, la nueva ley exige que si no se admiten animales, esto tiene que quedar claramente especificado en la política comercial y en la contratación, así como en un distintivo exhibido en la puerta del establecimiento.
Tal y como apunta Hosbec, el mercado turístico Pet Friendly es uno de los productos que mayor posicionamiento está teniendo en los últimos tiempos, ya que en España existen actualmente 28 millones de mascotas, y en más del 40% de los hogares hay un animal doméstico, sostienen. Por todo ello, afirman desde la Asociación, permitir viajar con animales de compañía va a suponer una revolución de la oferta alojativa en la Comunidad Valenciana, y la innovación en este sector marcará la diferencia ante una demanda de mercado que busca soluciones para irse de vacaciones con sus mascotas.
El secretario autonómico de Turismo, Francesc Colomer junto con el presidente de Hosbec, Fede Fuster, participaron la pasada semana en una jornada técnica organizada por HOSBEC y Tourism&Law, para trabajar en la actualización de procedimientos que va a coincidir con la temporada turística.
Los puntos claves en la nueva regulación
Así, se especificó que la nueva ley no obliga a la aceptación de mascotas, sino que establece que se disponga de una política de admisión que defina claramente si se permite el acceso de animales de compañía o no, y en el caso de admitir animales de compañía, defina qué tipo de animales, con la capacidad de limitar el tipo, el peso y definir todas los requisitos que deben cumplirse para su alojamiento.
En las normas de aceptación de entrada de animales, deberían definirse si se disponen de tarifas adicionales para el alojamiento de las mascotas, si es preciso disponer a los animales con correa, y a qué distancia, si pueden o no quedarse solos en las habitaciones, o si lo deben hacer dentro de un trasportín, o identificando que está en la habitación para evitar el acceso al personal de limpieza o mantenimiento del hotel.
También habrá que definir si se requiere al titular de la mascota del obligatorio seguro de responsabilidad civil o declaración responsable al efecto, o si se deben asumir depósitos de garantía para cubrir posibles desperfectos.
Asímismo, en las zonas de cocina y de bufé, así como en las piscinas, no estará nunca permitido el acceso de las mascotas.
Además, es obligatorio permitir el acceso a perros de asistencia a personas con discapacidad, teniendo que ser perros adiestrados en centros especializados que acompañas a personas con discapacidad visual, auditiva, o cualquier minusvalía o perros que están incluidos en proyectos de terapia asistida.
En la jornada también se ha tratado la prohibición expresa que hace la ley para el uso de animales de compañía en espectáculos públicos, actividades artísticas, turísticas publicitarias que causen dolor o sufrimiento, realizar entrega de animales como recompensas, premios, rifa o promoción, o su uso en reclamos publicitarios excepto si la actividad está relacionada con ellos. En todo caso, y ante la participación de animales en espectáculos escénicos debe haberse presentado declaración responsable ante autoridad competentes, y disponer de los datos de identificación de los animales, así como de presencia de veterinarios especializados en las especies de animales usadas.