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Respuesta a las reclamaciones de bonos aéreos

DIT Gestión da respuesta a cada caso de servicios sueltos y paquetes organizados por la agencia

miércoles 07 de abril de 2021, 07:00h
Respuesta a las reclamaciones de bonos aéreos
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Hace ya casi un año, que el mundo se paralizó a causa de la COVID-19. Las aerolíneas se vieron obligadas a cancelar cientos y cientos de vuelos, y al pasajero, en lugar del reembolso correspondiente por la cancelación de su vuelo, se le hizo entrega de un BONO.

Dentro de pocas semanas se cumplirá un año desde que las aerolíneas empezaran a emitir dichos bonos. Bonos, en muchas ocasiones, con una validez de 12 meses. Por lo que, a día de hoy, sois muchas las agencias que os encontráis con bonos a punto de caducar, y sin saber si la aerolínea reembolsará el importe una vez cumplida la fecha de validez de los mismos.

El Departamento Legal de DITGESTION ha elaborado un Informe Jurídico analizando la situación actual respecto a estos bonos, muchas veces "impuestos" por las aerolíneas.

Con este informe como base, desde central del grupo DIT Gestión, han elaborado un procedimiento para valorar y analizar cada caso y así, poder asesoraros debidamente en los pasos a seguir para reclamar correctamente el reembolso en los casos que proceda.

Debido a la gran cantidad de bonos aéreos en vuestro haber, y para poder actuar con agilidad, el grupo DIT Gestión ruega a sus asociadas que sigan este procedimiento solo si tienen bonos que vayan a caducar próximamente.

Importante: Este procedimiento es aplicable ÚNICAMENTE a:

- Servicios sueltos: Vuelos comprados directamente a la aerolínea a través de su canal de venta para agencias, o a través de consolidador.

- Paquetes (viaje combinado) organizados por la agencia.

NO sería aplicable a paquetes vacacionales comprados a una mayorista. Estos casos tienen un tratamiento diferente ya que el organizador es la mayorista y es a ellos a quienes se debe reclamar.

Es totalmente necesario, para continuar, que se haya indicado expresamente a la aerolínea, la no conformidad con el bono. Es decir, que lo hayamos RECHAZADO.

Para ello desde el departamento jurídico del grupo, han facilitado en varias ocasiones a sus asociadas el documento de rechazo de bono y solicitud de reembolso, que sus asociadas deben rellenar, firmar, sellar y hacer llegar a la aerolínea.

Los abogados del grupo nos informan de que NO serviría haber enviado un e-mail a la aerolínea solicitando el reembolso. Todas sus asociadas deben hacer llegar el documento que los abogados del grupo redactaron y que facilitaron a sus asociadas.

Desde el envío del documento, siempre por escrito (en un principio, escaneado y como adjunto en un e-mail), para quede constancia de ello, la compañía aérea tendría un plazo de 7 días para dar respuesta.

El grupo DIT Gestión pone a disposición de sus asociadas toda la ayuda de su departamento legal y departamento jurídico. Informan que desde el enlace que ha sido enviado a su millar de asociados en las últimas semanas, las agencias podrán añadir toda la información solicitada por el grupo para que los abogados puedan estudiar cada uno de los casos de manera individual y puedan dar la mejor respuesta en cada caso.