Las bases de la convocatoria establecen que serán objeto de subvención aquellos programas o actividades que promuevan el intercambio y la difusión de saberes mediante la organización de congresos, jornadas, simposios, convenciones, eventos y reuniones científicas y/o profesionales relativas a cualquier área de conocimiento a desarrollar en el concejo de Oviedo.
Serán subvencionables los gastos de alquiler de equipos, locales, salones, carpas y similares y los relacionados con la organización del evento como megafonía, servicio de azafatas, traducción simultánea y similares y los de producción y edición de materiales relacionados con el evento, tales como carteles, folletos, memorias, publicidad, material audiovisual, CDs, DVDs y similares; los gastos directos de los conferenciantes, tales como viajes, dietas, manutención y alojamiento; y cualesquiera otros gastos relativos a las actividades y servicios incluidos en el programa del congreso.
Por otro lado, no serán subvencionables los gastos financieros; los costes indirectos en que incurra el beneficiario; los intereses deudores de cuentas bancarias; los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; los gastos de procedimientos judiciales; y los importes debidos a la aplicación del impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) u otros impuestos, excepto cuando dichos impuestos sean real y definitivamente soportados por el destinatario final o entidad sin que sean susceptibles de recuperación o compensación y pueda demostrarse mediante la presentación de la documentación oficial correspondiente.
Beneficiarios y valoración
Podrán ser
beneficiarios de la subvención las universidades u organismos públicos de investigación, a través de sus centros, institutos, departamentos, secciones u otras unidades de investigación; las sociedades científicas legalmente constituidas, colegios profesionales y otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, dotadas de personalidad jurídica propia, con capacidad y actividad demostrada en acciones de I+D+I; y empresas o sociedades.
En cuanto a la valoración de las propuestas, las bases señalan que se valorarán dos aspectos. En el primero de ellos, denominado '
Proyectos de Actividades', se valorarán hasta un máximo de 70 puntos, en atención a los siguientes criterios: tipo de congreso, evento o reunión, ámbito geográfico, sector y sede o sedes del congreso (hasta 40 puntos); el volumen, temporalidad y fecha del congreso, evento o reunión (hasta 10 puntos); las actividades complementarias (hasta 10 puntos); y la proyección y difusión del congreso, evento o reunión (hasta 10 puntos). En el segundo,
'Gastos generales de funcionamiento y/o equipamiento', se valorará hasta un máximo de 30 puntos, en atención a los siguientes criterios: valoración de la entidad solicitante, en relación con su trayectoria y proyección (hasta 15 puntos); y la aportación de recursos propios para los gastos generales de funcionamiento y/o equipamiento (hasta 15 puntos).'
Las solicitudes y demás documentos exigidos en esta convocatoria tienen para su presentación un plazo de un mes,
del 15 de julio al 15 de septiembre (ambos inclusive) de 2017.