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MUCHAS AGENCIAS NO PODRÍAN CUMPLIR LA NORMATIVA

CEAV exige una moratoria a la aplicación del registro documental en octubre

Carlos Garrido, presidente de CEAV.
Carlos Garrido, presidente de CEAV.
jueves 11 de julio de 2024, 07:00h
La patronal también reclama un encuentro urgente con los Ministerios de Interior y Turismo para impedir llegar a una situación que "tendrá desastrosas repercusiones para miles de pymes". Además, ya están estudiando acciones legales.

Según CEAV, el Real Decreto vulneraría la normativa vigente de protección de datos

El Ministerio de Interior ha confirmado que el Real Decreto 933/2021 entrará en vigor el próximo 1 de octubre, sin ofrecer ningún tipo de regulación que pueda aclarar o limitar su alcance. Esto significa que las agencias de viajes se verán obligadas a aportar un registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor.

Ante esta futura aplicación, CEAV considera que se trata de un incumplimiento de lo acordado anteriormente con el Ministerio del Interior ya que este se comprometió a publicar una Orden Ministerial que regulara el alcance de dicho decreto. En este caso, su implementación deja en "una situación muy complicada a miles de agencias", señalan desde la Confederación.

Muchas de ellas no podrían cumplir la normativa debido a que no cuentan con los medios ténicos y de personal necesarios para llevar a cabo los requerimientos solicitados. Junto a esto, desde CEAV aseguran que la plataforma puesta en marcha por el Ministerio "aún presenta deficiencias", lo que complicaría todavía más la gestión de estos registros.

En base a esta coyuntura, la patronal exige una moratoria a la entrada en vigor del Real Decreto y un encuentro urgente con los Ministerios de Interior y Turismo para "impedir llegar a una situación que tendrá desastrosas repercusiones para miles de pymes".

La Confederación también está estudiando acciones legales ya que consideran que, tal y como indica la disposición derogatoria única de la normativa anterior, “en tanto no se produzca el desarrollo de este RD, las órdenes del ministerio de 1974 y de 2003 mantendrán su vigencia en lo que no contravenga su contenido”. Sin embargo, en este caso, al ampliar el ámbito de aplicación, "se regularía en contra de ese contenido, lo que conlleva la necesidad legal de una Orden Ministerial".

Exclusión de la normativa

Como ya han manifestado en numerosas ocasiones desde la patronal, "las agencias de viajes deben quedar fuera de la aplicación de este Real Decreto, ya que se ha realizado una definición extensiva del hospedaje y transporte incluyendo a las agencias, cuando estas no prestan esos servicios". Según ellos, además, el Real Decreto vulneraría la normativa vigente de protección de datos, lo que supondría por tanto un tratamiento masivo e ilícito de datos personales.

Por otra parte, esta normativa ya se habría demostrado de imposible cumplimiento en ámbitos como los viajes corporativos, el receptivo, el MICE y la turoperación, entre otros. "El borrador de Orden Ministerial enviada por el Ministerio en noviembre excluía del ámbito de aplicación al MICE y al Corporativo, pero el incumplimiento de publicación de esa Orden pudiera dejar sin efecto esta exclusión", concluyen.