La sentencia en su contenido establece que la empresa cumplió todos los requisitos formales exigidos por el ordenamiento jurídico, y que la negociación se llevó a cabo con el acuerdo de aquéllos que representan a la casi totalidad de los trabajadores de la sociedad (un 97,95%). Sólo el 2% de los representantes sindicales demandaron el acuerdo. Sus argumentos han sido desestimados.
Por otra parte confirma que el periodo de consultas fue un proceso de negociación de buena fe que consiguió minorar sustancialmente las extinciones y evitar el cierre definitivo de siete paradores, a cambio de pactar medidas de flexibilidad interna. Y queda acreditada y probada la concurrencia clara de las causas económicas y productivas alegadas por la empresa, siendo las medidas adoptadas proporcionadas al fin perseguido, que no es otro que garantizar la viabilidad de la sociedad y la pervivencia de una cadena como Paradores.
En definitiva, la sentencia desestima la demanda, confirma la concurrencia de todas las causas alegadas para el despido colectivo, además no da por buenas las infracciones formales alegadas por los demandantes y concluye que "la solución alcanzada por los negociadores es absolutamente razonable y proporcionada, puesto que ha reducido sustancialmente los despidos, pese a la gravedad de la situación existente en la Red".
En otro momento, continúa la sentencia que esta solución "ha mejorado las indemnizaciones y lo que es más relevante, ha reducido el cierre de paradores, propuesto inicialmente por la empresa, al cierre de uno solo, sustituyéndolo por mediadas de flexibilidad interna, que aseguran la permanencia efectiva de la mayor parte de los trabajadores de la plantilla que, si no se hubieran tomado las actuales medidas, se verían afectados por una espiral negativa, que pondrían en grave riesgo la continuidad de las relaciones laborales, así como la de la propia empresa, que constituye sin duda alguna un activo importante del patrimonio nacional".
Antecedentes
Tras un largo y complicado proceso de negociación el 2 de enero de 2013 se alcanzó acuerdo con los sindicatos UGT y CCOO, por el que el número de despidos se reducía de 644 a 350 y se adoptaron otras medidas de flexibilidad. Entre otras, reducción de jornada del 25% para 400 trabajadores; suspensiones de contratos por cierres temporales de 25 establecimientos para 246 trabajadores; reducción salarial de entre el 0,5% al 3% para toda la plantilla; eliminación del complemento empresarial para la incapacidad temporal por enfermedad común; flexibilidad laboral mediante un nuevo sistema de fijación del calendario laboral mensual; eliminación de dos días de licencias y otras reducciones de gastos de personal.
Se estableció también la posibilidad de que las extinciones se realizaran mediante un periodo de adhesiones voluntarias, resultando estas finalmente 172. La indemnización pactada para estas fue de 25 días por año de servicio con un máximo de 20 mensualidades.
Ángeles Alarcó, presidenta de Paradores, ha señalado que "esta sentencia reconoce el esfuerzo hecho por la empresa, y que en todo momento nos hemos ajustado a la ley. Siempre ha estado en nuestra mente el llegar a un acuerdo que beneficie a todas las partes; y nuestro único deseo siempre ha sido garantizar la viabilidad de la Red de Paradores".