La 26ª edición de la Conferencia Iberoamericana de Ministros y Empresarios de Turismo tuvo lugar el pasado 17 de enero de 2023 en IFEMA. En este sentido, en representación de Colombia, acudió el viceministro de Turismo del país sudamericano Arturo Bravo.
Viceministro de Turismo de Colombia Arturo Bravo
El viceministro de Turismo de Colombia se ha referido a las ventajas competitivas de su país como destino MICE. Así, ha explicado que su Gobierno en su nueva apuesta se está enfocando como un destino que tiene un compromiso con la vida, destacando que se trata de uno de los destinos más biodiversos del Planeta y con una cultura diversa y particular. En sus seis regiones turísticas, cuentan con programas institucionales MICE para el desarrollo de infraestructuras y captación de eventos, con el fin de consolidar estas políticas de apoyo a la Industria de Eventos.
Fruto de ese trabajo, el país ocupó el puesto 31º en la medición general de desempeño a nivel mundial, siendo el mejor país de la región en la recuperación de eventos aplazados. Los planes en incentivos para las inversiones turísticas están en línea con la apuesta de hacer de Colombia una potencia mundial, recomendando la inversión en Turismo rural, de sol y playa, en el desarrollo de hoteles urbanos.
Para lograrlo cuentan con la figura de los Proyectos turísticos especiales de gran escala, que puedan generar grandes beneficios al país, para lo que se podrían modificar los planes de ordenación. Incentivos como la exención del 15% para el Turismo enfocado a hoteles y parques temáticos en localidades con menos de 200.000 habitantes. Bogotá, Cartagena y Medellín están entre los destinos MICE mejor posicionados del país.
Informe de planes e incentivos a la inversión turística
I. ZONAS, SEGMENTOS DE ACTIVIDAD Y PRODUCTOS QUE INCENTI- VAN LA INVERSIÓN
Reconocida a nivel mundial por su diversidad natural y cultural, Colombia ofrece oportunidades para el desarrollo de la actividad turística en todas sus regiones como un gran aportante al objetivo de la paz total. En estos territorios se busca implementar esquemas que trabajo colaborativo con las comunidades locales, para desarrollar una oferta turística de naturaleza, cultura, sol y playa y comunita- rio que permita un crecimiento inclusivo con sus habitantes.
Colombia se ha consolidado como un mercado turístico atractivo en la región, que tiene necesidades de infraestructura, especialmente en regiones con nuevo po- tencial turístico, para atender los requerimientos de la demanda del mercado na- cional e internacional, teniendo en cuenta de manera prioritaria la sostenibilidad, velando por su biodiversidad, patrimonio cultural, que consolide la construcción de una cultura de paz.
Con este objetivo, se identifican las siguientes oportunidades para el desarrollo de infraestructura turística a través de inversión extranjera:
Turismo rural y comunitario: Desarrollo de proyectos hoteleros incluidos eco-glamping, ecolodges, campamentos, desarrollos verdes sostenibles) para mejorar la oferta de los destinos turísticos con alto potencial, especialmente en nuevas regiones, y generar un impacto positivo en las comunidades y el medio ambiente promoviendo prácticas sostenibles.
Turismo de sol y playa: Oportunidad de desarrollo de hoteles, combina- ción de los ecosistemas de selva con playas; infraestructura para avistamiento de aves, construcción de muelles turísticos, marinas y el acceso a nuevas tecnolo- gías.
Hoteles urbanos: Oportunidades para nuevos hoteles enfocados en los segmentos juvenil, senior, corporativo o de ocio en ciudades principales e interme- dias.
Entretenimiento: desarrollo de parques temáticos y centros de eventos.
Adicionalmente, toda esta riqueza natural, geográfica y cultural de Colombia, debe apoyarse mediante infraestructura local habilitante, que facilite el desarrollo de la actividad turística, que comprende los siguientes frentes de inversión:
Infraestructura civil (Carreteras, aeropuertos, acueductos).
Telecomunicaciones, herramientas de innovación y TI.
Capacitación del talento humano en las regiones.
A su vez, dentro del objetivo de diversificar la inversión, a aquellas zonas que cuentan con una oferta atractiva y con alto potencial de desarrollo turístico, se han priorizado aquellos territorios que están cobijados por los Programas de Desa- rrollo con Enfoque Territorial – PDET, dentro de los que se destacan municipios como, Santa Marta, en el departamento del Magdalena, Santa Fe en Antioquia y Salento, Quindío, con una oferta importante para el turismo MICE en el país.
II. PLANES E INCENTIVOS ESPECÍFICOS
A continuación, se presentan los incentivos para la promoción del sector turístico en su conjunto. Algunos de ellos están directamente planeados para la atracción de inversión en infraestructura de turismo, otros más enfocados a la promoción general del sector desde el consumo de servicios turísticos. También se mencio- nan algunos habilitantes que resultan relevantes para el turismo en general y la industria de reuniones desde las facilidades migratorias e incentivos que apuntan a aumentar y lograr la sostenibilidad de la oferta de actores clave para el funcio- namiento del sector como las aerolíneas.
Se recopilan los incentivos en vigor, ya que de momento no hay incentivos en tramitación debido a que en el mes de diciembre de 2022 fue aprobada la ley 2277,última reforma tributaria, tras la cual no quedaron temas pendientes. Los cambios introducidos por la reforma ya fueron incluidos en la información que se presenta a continuación, precisando aquellos puntos que aún se encuentran pen- dientes por reglamentar.
Atracción de infraestructura para Proyectos Turísticos Especiales PTE Se desarrollarán proyectos turísticos de gran escala en áreas del territorio nacio- nal en las que, teniendo en cuenta su ubicación geográfica, valores culturales y/o ambientales y/o sociales, así como la factibilidad de conectividad, se conviertan en sitios de alta importancia estratégica para el desarrollo o mejoramiento del potencial turístico del país. Estos proyectos tienen como objetivo crear beneficios directos o indirectos al sector, entre otros, aumentando en gran medida la pro- ductividad y competitividad del turismo a nivel nacional o regional y construyendo capital humano para la competitividad del turismo. La iniciativa para desarrollar PTE y de los propios proyectos, así como para formular sus correspondientes Planes Maestros podrá ser de oficio, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, pública cuando provenga de cualquier autoridad nacional, departamental, municipal o distrital. También podrá ser privada o mixta.
Beneficios:
- La posibilidad de adelantar modificaciones excepcionales del Plan de Ordena- miento Territorial POT del municipio donde se establezca el
- Los recursos para la adquisición de los predios pueden provenir de terceros. Así mismo, las entidades públicas podrán participar en la ejecución de los PTE me- diante contratos de fiducia con sujeción a las reglas generales, sin las limitaciones y restricciones de contratación pública.
- La posibilidad de adelantar declaratorias de utilidad pública en el territorio de- terminado y delimitado en el plan maestro sectorial para la gestión de los predios involucrados.
2. Tarifa especial del 15% para rentas del sector turismo
Aplicable por 10 años a partir del inicio de la prestación de servicios hoteleros, de parques temáticos de ecoturismo y/o de agroturismo en:
Nuevos proyectos de hoteles, de parques temáticos de ecoturismo y/o de
Hoteles, parques temáticos de ecoturismo y/o de agroturismo que se remodelen y/o amplíen, en al menos el 50% del valor de adquisición del
Requisitos:
- Que se realice la construcción, ampliación y/o remodelación en municipios de- hasta 200.000 habitantes y/o municipios
- Contar con licencias de construcción/permisos urbanísticos y registro nacional de
- Las obras se deben realizar en su totalidad y comenzar la prestación de los ser- vicios hasta el 13 de diciembre.
3. Zonas Francas
A partir de la ubicación en zonas francas permanentes se obtienen los siguientes beneficios:
No pago de aranceles e IVA para bienes introducidos en las zonas francas
Facilidad de exportar hacia terceros países aprovechando los acuerdos comerciales vigentes.
Tarifa de renta del 20% hasta 1 de enero de 2024. Después 20% en ex- portaciones y tarifa general (35%) por ventas al TAN.
Bienes extranjeros introducidos a las Zonas Francas pueden permanecer en ellas indefinidamente.
Es importante tener en cuenta que hay pendientes ciertos temas de reglamenta- ción relacionados con planes de internacionalización y ventas derivados de los cambios introducidos por la reforma tributaria (Ley 2277 de 2022).
4. Incentivos a la adquisición de bienes de capital
Descuento por pago de IVA: El total de IVA pagado en la adquisición, forma- ción, construcción o importación de activos fijos reales productivos, incluidos los servicios necesarios para ponerlos en marcha, podrá ser descontado del impuesto sobre la renta.
Exención arancelaria: Arancel del 0% para la importación de materias primas y bienes de capital sin producción nacional. Aplica a más de tres mil subpartidas arancelarias.
5. Inversiones ambientales
Las empresas que realicen inversiones en control y mejoramiento del medio am- biente tendrán derecho a descontar de su renta el veinticinco por ciento (25%) del valor invertido en el periodo gravable en que se realizó la inversión, sin perjuicio de la deducción de esta. Para turismo se incluyen inversiones en el desarrollo de productos, atractivos turísticos y adquisición de predios para actividades de con- servación y restauración de recursos naturales renovables, diversidad biológica, y medio ambiente.
Control del medio ambiente: implementación de sistemas de control am- biental para:
- Disminuir la demanda de recursos naturales
- Prevenir y/o reducir en la generación.
- Mejorar la calidad de residuos líquidos, emisiones atmosféricas o residuos sóli- dos.
- Obtención, verificación, procesamiento, vigilancia, seguimiento o monitoreo del estado, calidad, comportamiento y uso de los recursos naturales renovables y del medio ambiente, variables o parámetros ambientales, vertimientos, residuos y/o emisiones.
- Conservación y mejoramiento del medio ambiente. Implementación de proyectos de preservación y restauración de la diversidad biológica y de los recur- sos naturales renovables y del medio
6. Servicios turísticos exentos de IVA
Están exentos de IVA con derecho a devolución bimestral, los servicios turísticos prestados a residentes en el exterior que sean utilizados en territorio colombiano originados en:
Paquetes vendidos por agencias operadoras u hoteles inscritos en el registro nacional.
Paquetes turísticos vendidos por hoteles inscritos en el registro nacional de turismo a las agencias operadoras, siempre que los servicios turísticos hayan de ser utilizados en el territorio nacional por residentes.
Deducciones especiales para San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Durante el año 2023 se establece la posibilidad de solicitar la deducción de sala- rios y prestaciones sociales del 150% de los trabajadores para los contribuyentes que realicen actividades de hotelería, agencia de viajes, tiempo compartido y turismo receptivo, que cuenten con un establecimiento de comercio domiciliado en San Andrés Isla, Providencia y/o Santa Catalina con anterioridad al 16 de no- viembre de 2020 y tengan a su cargo trabajadores residentes en estas entidades territoriales.
8. Facilidades migratorias
Los nacionales de 100 Estados pueden ingresar sin requisito de visa para hacer tránsito aeroportuario o actividades de corta estancia que no generen pagos por servicios en Colombia por 90 días prorrogable hasta 180. Este tratamiento aplica a portadores de pasaportes de Hong Kong, Malta y Taiwán. Los titulares de per- miso de residencia del espacio Schengen o de los EE. UU, podrán gozar de una exención condicionada para su ingreso.
No se considerarán lucrativas las actividades de profesores, académicos o investigadores que reciban algún tipo de reconocimiento en especie, viáticos, tiquetes aéreos, estipendio, gastos de viaje o manutención por parte de la institu- ción académica que los invita o acoge, o de la organización del evento en el que participa.
Colombia cuenta con una visa para nómadas digitales con muchos menos requisitos formales. Con esta visa se busca promover el desarrollo de emprendi- mientos digitales y trabajo remoto desde
- Aplica a nacionales de Estados que no requieren visa de corta
- La duración es de hasta dos años adicionales al máximo de 180 días establecido para el permiso de corta
9. Incentivos por inversiones en investigación, desarrollo tecnológico o innovación
Se podrá descontar anualmente del impuesto sobre la renta el 30% de las inver- siones realizadas en investigación, desarrollo tecnológico o innovación.
Realizar inversiones en proyectos calificados por el Consejo Nacional de Bene- ficios Tributarios -CNBT en Ciencia y Tecnología e Innovación como de investiga- ción, desarrollo tecnológico o innovación.
Realizar las inversiones a través de personas o entidades registrados y recono- cidos por el Ministerio de Turismo.
Serán deducibles las donaciones que se realicen a través de Instituciones de Edu- cación Superior, Fondo Nacional de Financiamiento para CTI. Así mismo, serán deducibles las remuneraciones a profesionales con título de doctorado.
10. Deducción de renta a partir de la generación de empleo
Incentivo a la creación de nuevos empleos
Permitirá financiar costos laborales como los pagos de seguridad social y para- fiscales hasta agosto de 2023. Estará dirigido a los empleadores que generen nuevos empleos mediante la contratación de trabajadores adicionales, con las siguientes características:
- El empleador sólo podrá recibir dentro de la vigencia de este incentivo, un máxi- mo de 12
- Estarán exentos del GMF los traslados de los dineros que se realicen en el mar- co del
12. ZOMAC
Las empresas que se establezcan en las zonas más afectadas por el conflicto armado ZOMAC podrán recibir una reducción en el pago del impuesto de renta hasta el año 2027, el pago del impuesto de renta y complementarios se pagara de manera progresiva.
Requisitos:
- Tener su domicilio principal en la ZOMAC
- Desarrollar toda su actividad dentro de la
- Compromisos de inversión y empleo de según el tamaño de la empresa y la acti- vidad económica a
13. Incentivos para espectáculos públicos
Las inversiones en infraestructura de espectáculos serán deducibles en un 100% del impuesto sobre la
Los extranjeros no residentes que presten servicios artísticos en espectáculos públicos pagarán un impuesto de renta único del 8%, que será retenido por el pro- ductor o responsable de la actividad artística o el
Los espectáculos públicos estarán excluidos del IVA al igual que los servicios artísticos prestados para la realización de
Se crea una contribución parafiscal del 10% sobre la boletería con precios superiores a 3 UVT que se destinará a la construcción y mejoramiento de escena- rios. (Si el espectáculo es organizado por entidades sin ánimo de lucro no deberá pagar este gravamen).
El interesado deberá presentar ante el Comité de Inversión en Infraestructura para Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas CIEPA un proyecto de inver- sión en infraestructura de escenarios para la presentación y realización de espec- táculos públicos de las artes escénicas.
14. Servicios turísticos excluidos del impuesto a las ventas IVA
Están excluidos de IVA los servicios de hotelería y turismo que sean prestados en los municipios que integran las siguientes zonas de régimen aduanero especial:
Urabá, Tumaco y
Inírida, Puerto Carreño, La Primavera y
Maicao, Uribia y
De igual manera, el transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o proce- dencia de rutas nacionales donde no exista transporte terrestre organizado (aplica el transporte turístico) como lo son, el departamento de La Guajira, Guaviare y los municipios de Nuqui, (en el Chocó) Mompox y, (en Bolívar) Tolú, (en Sucre), Miraflores (Guaviare), Puerto Carreño (Vichada) quedaran excluidos del impuesto a las ventas IVA.
III. INVERSIÓN ACTUAL Y ESTIMACIONES
- Según fDi Markets (2023), se registran US$ 332 M en inversiones hechas en turismo desde España entre 2007 y 2023, siendo el año 2013 el que contó con el mayor flujo, alcanzando USD 137,2 millones, traducidos en el arribo de importan- tes cadenas como Eurostars y NH
- La más reciente inversión de una cadena hotelera de origen español en Colom- bia fue BeMate que en octubre inicio su expansión en Latinoamérica a través de la apertura de un nuevo edificio en Medellín. Se trata del montaje de un aparta- hotel de 26 pisos con 36 unidades, ubicado en la exclusiva zona del Poblado en Medellín. El proyecto busca crear espacios cómodos, modernos y versátiles para estancias corporativas superiores a las 7
- Además de la inversión en infraestructura hotelera en el país, la prestación de otros tipos de servicios en la cadena de valor turística también ha marcado la ten- dencia de inversión española en Colombia, la cual se ve reflejada en la llegada de importantes agencias como Viajes el Corte Inglés (2010), Atrápalo (2011) y recien- temente Civitatis (2022).
- A su vez, en el periodo 2007 y 2013, España se ubica como el segundo mayor país inversor en Colombia, solo superado por Estados
IV. CONDICIONES A LA INVERSIÓN ESPAÑOLA
Situación de repatriación de beneficios
Dado que entre Colombia y España existe un convenio para evitar la doble im- posición, se aplican las reglas especiales del ADT según el país a donde se dis- tribuyan. Para España, si el accionista (sociedad obligatoriamente) tiene más del 20% de la compañía, no se puede aplicar retención en la fuente por dividendos). Cuando la compañía haya tributado en Colombia, el impuesto a los dividendos el cual se cobra vía retención en la fuente no podrá superar el tope señalado en los tratados y en todo caso podrá descontarse en el país de residencia del accionista lo pagado en Colombia. El convenio aborda temas de rentas inmobiliarias, benefi- cios empresariales, transporte marítimo y aéreo, capítulo de dividendos. Artistas y deportistas, mecanismos para evitar la doble imposición
Acuerdos Relevantes
- Convenio vigente entre el Reino de España y la República de Colombia para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuesto sobre la Renta y sobre el
- Se encuentra vigente el “Acuerdo entre la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones”, hecho y firma- do en Bogotá, D. C., el 31 de marzo de 2005” y se encuentra firmado y en trámite interno para su ratificación el nuevo Acuerdo entre la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, firma- do el 16 de septiembre de 2021 y su declaración
Si bien no se trata de un acuerdo bilateral en sentido estricto, Colombia hace par- te del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea, Colombia, Perú y Ecuador, que puede resultar beneficioso para las empresas españolas con interés en nuestro país.
Para leer la guía CIMET 2023 completa, se puede acceder a través de este enlace.